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SCJN evidencia opacidad en los municipios de Puebla avalada por el Congreso del Estado

  • Foto del escritor: Felipe P. Mecinas
    Felipe P. Mecinas
  • hace 1 hora
  • 3 Min. de lectura

Los diputados aprobaron en diciembre de 2024 las leyes de ingresos 2025, en las que se incluía hasta el cobro de 103.50 pesos por una copia simple de información que debería ser pública

SCJN
Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

Ciudad de México (Quinceminutos.MX). —La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó y puso fin a los abusos de los gobiernos municipales de Puebla, al invalidar artículos de 30 leyes de ingresos que imponían cobros desproporcionados para que los ciudadanos pudieran acceder a información pública.

Lo anterior, en respuesta a la acción de inconstitucionalidad 9/2025 promovida desde enero de este año por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), luego de que el Congreso del Estado avalara las cuotas económicas impuestas por los gobierno municipales.


De acuerdo con el recursos legal, "los artículos impugnados (...) establecen cobros por la digitalización de documentos, por la búsqueda de información, así como por la reproducción de información en copias simples y certificadas; sin embargo, ninguno de ellos atiende a los costos reales del servicio prestado; además de que en algunos casos los montos se encuentran diferenciados sin justificación alguna a pesar de que se trata del mismo servicio".

En sesión celebrada este lunes 10 de noviembre, el Pleno del Máximo Tribunal resolvió la acción de inconstitucionalidad y determinó que las tarifas aprobadas para el ejercicio fiscal 2025 transgreden los principios de gratuidad y acceso efectivo a la información pública.


Por mayoría de siete votos, los ministros avalaron la propuesta del presidente de la Corte, Hugo Aguilar Ortiz, quien declaró fundada la impugnación y ordenó la invalidez total de los cobros por copias certificadas, simples, búsqueda, digitalización y certificación de archivos municipales.


El proyecto de la ministra María Estela Ríos González, que planteaba mantener la validez parcial de algunos artículos, fue rechazado por el Pleno al considerar que los ayuntamientos poblanos “pretendieron lucrar con un derecho fundamental”.


Municipios bajo la lupa


La resolución implica a municipios como General Felipe Ángeles, Guadalupe Victoria, Hermenegildo Galeana, Honey, Huaquechula, Huatlatlauca, Huehuetla, Huehuetlán El Chico, Huehuetlán El Grande, Hueyapan, Hueytamalco, Hueytlalpan, Huitzilan de Serdán, Huitziltepec, Ixcamilpa de Guerrero, Ixcaquixtla, Ixtacamaxtitlán, Ixtepec, Jalpan, Jolalpan, Jonotla, Jopala, Juan C. Bonilla, Juan Galindo, Juan N. Méndez, Lafragua, Tlatlauquitepec, Los Reyes de Juárez y Mazapiltepec de Juárez.


Esta decisión se suma a otra emitida el pasado 3 de noviembre, cuando el Máximo Tribunal también invalidó disposiciones similares de otras 30 leyes de ingresos, al detectar tarifas injustificadas y restrictivas en materia de transparencia.


Con aval del Congreso local, los municipios establecieron tarifas que llegaban a 103.50 pesos por hoja por copias simples de información de catastros municipales, además de 23 pesos por hoja certificada en algunos expedientes.


Estas medidas, señaló la Corte, impedían el ejercicio libre y accesible del derecho a la información pública, especialmente para ciudadanos, medios de comunicación y organizaciones que buscan fiscalizar el gasto público.


Los municipios señalados por cobros excesivos en la reproducción de información pública incluyen: Mixtla, Molcaxac, Naupan, Nauzontla, Nealtican, Nicolás Bravo, Nopalucan, Ocotepec, Ocoyucan, Olintla, Oriental, Pahuatlán, Palmar de Bravo, Pantepec, Petlalcingo, Piaxtla, Quecholac, Quimixtlán, Rafael Lara Grajales, San Andrés Cholula, San Antonio Cañada, San Diego La Mesa Tochimiltzingo, San Felipe Teotlalcingo, San Felipe Tepatlán, San Gabriel Chilac, San Gregorio Atzompa, San Jerónimo Tecuanipan, San Jerónimo Xayacatlán, San José Chiapa y San José Miahuatlán.


Corte sienta precedente nacional


La sentencia marca un precedente en materia de transparencia y advierte a los congresos locales que no pueden convertir el derecho de acceso a la información en un ingreso municipal.


Con esta resolución de la SCJN, los ayuntamientos poblanos deberán eliminar los cobros indebidos y ajustar sus leyes de ingresos conforme a los principios constitucionales de gratuidad, rendición de cuentas y acceso pleno a la información.

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