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Avala Senado despenalización de la marihuana en México

Avalan uso recreativo y producción de la planta


Ciudad de México, Méx. (Quinceminutos.MX).- En medio de una dura crítica por la liberación del general Salvador Cienfuegos, quien estaba detenido por narcotráfico y lavado de dinero en los Estados Unidos, el Senado mexicano aprobó este jueves en lo general la despenalización de la marihuana, con lo que abre la puerta al uso lúdico del cannabis.

Durante una sesión, enmarcada con manifestaciones de fumadores y activistas en diversas ciudades del país, el pleno aprobó con 82 votos a favor, 18 en contra y siete abstenciones, el dictamen por el que se expide la Ley Federal para la Regulación del Cannabis, y se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley General de Salud y del Código Penal Federal.


"Queda permitido a personas mayores de edad consumir cannabis psicoactivo, siempre que no se realice frente a alguna persona menor de dieciocho años o cualquier otra imposibilitada para manifestar expresamente su consentimiento libre e informado y que pudiera resultar expuesta al impacto nocivo del humo de segunda mano; así como realizarlo únicamente en su vivienda".

La reforma precisa que para el autoconsumo se limita a la cantidad de seis plantas de cannabis psicoactivo, así como el producto de la cosecha de la plantación por persona, las cuales deberán permanecer en la vivienda o casa habitación de quien la consume. En caso de que en el domicilio viva más de una persona consumidora mayor de edad, el monto de plantas de cannabis de efecto psicoactivo y el producto de la cosecha de la plantación no podrá exceder de ocho.

El tema fue abordado en el pleno, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó legislar en la materia, al considerar que su prohibición transgredía el derecho al libre desarrollo de la personalidad. La votación -al final del día-quedó dividida, incluso entre representantes del mismo Grupo Parlamentario.


La gaceta parlamentaria informó que la propuesta tiene como eje rector la promoción, respeto, protección y garantía de los Derechos Humanos, las libertades fundamentales y la dignidad humana.

"También, tiene como objetivo fomentar la paz y la seguridad de la sociedad, contribuyendo en la disminución del mercado ilegal del cannabis psicoactivo y con ello, del crimen organizado, la corrupción y la violencia".

El órgano explicó que la aprobación busca combatir el consumo problemático del cannabis psicoactivo con un enfoque de salud pública, aplicando el reforzamiento de políticas y medidas de prevención, intervención oportuna, atención, tratamiento, recuperación, rehabilitación y reinserción social.

De acuerdo con la nueva legislación la rectoría sobre la cadena productiva del cannabis y sus derivados, así como su consumo, estará a cargo de la Secretaría de Salud, para lo cual será creado el Instituto Mexicano para la Regulación y Control del Cannabis. Dicho órgano desconcentrado contará con una Dirección General, cuya persona titular será nombrada y removida libremente por el titular de la Secretaría de Salud.

"La venta del cannabis psicoactivo y sus derivados estará permitida para uso adulto sólo dentro del territorio y se delimitará a los establecimientos autorizados por el Instituto, quienes deberán obtener una licencia expedida por éste y cumplir los requisitos que esta Ley y la demás normatividad aplicable establezca".

La cámara alta consideró necesaria excluir entre sí las licencias de cultivo, trasformación y comercialización, sin embargo, exceptúan de esta disposición las licencias de exportación o importación de cannabis no psicoactivo, las cuales podrán otorgarse con otro tipo de licencia.

Los pueblos y comunidades indígenas, personas campesinas o ejidatarias, ejidos y comunidades agrarias, comunidades en situación de marginación o que, por sus condiciones, características o por haber sido afectados por el sistema prohibitivo, deban tener una atención prioritaria o que se encuentren en estado de vulnerabilidad, estarán exentos de esta última disposición.

En aquellos casos en los que una persona esté en posesión de más de 28 y hasta 200 gramos de cannabis psicoactivo, será remitido a la autoridad administrativa competente, de conformidad con lo que establezca la Ley de Cultura Cívica en la Ciudad de México o su homóloga en las entidades federativas, sin perjuicio de su denominación y se le impondrá una multa que va de 60 hasta 120 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA). La posesión del cannabis psicoactivo sólo será sancionable penalmente cuando sea superior a los 200 gramos.

La siembra, cultivo o cosecha de plantas de marihuana no será punible cuando estas actividades se lleven a cabo con fines médicos y científicos. Asimismo, se elimina el cáñamo de la lista de sustancias psicoactivas.

La Secretaría de Salud, en un plazo que no excederá de seis meses contados a partir de la entrada en vigor del presente Decreto, realizará las adecuaciones reglamentarias correspondientes para armonizarlas con el texto de la presente Ley.

El presidente de la Comisión de Justicia, Julio Menchaca Salazar, destacó que con este dictamen se garantiza el libre desarrollo de la personalidad y se “pone orden” en el uso de una planta que ha sido estigmatizada más de 100 años por una política prohibicionista que persigue y criminaliza a quien la consume, y que ha provocado violencia, crimen organizado y un ambiente de inseguridad para los mexicanos.


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