Congreso de Puebla aprueba reforma al delito de Ciberasedio: garantiza libertad de expresión y protege derechos digitales
- Quinceminutos.MX

- 11 jul
- 3 Min. de lectura
La nueva redacción reduce la pena mínima y salvaguarda la libertad de expresión

Puebla, Méx. (Quinceminutos.MX). —Este jueves, el Congreso del Estado de Puebla aprobó con 34 votos a favor, 6 en contra y una abstención la reforma al artículo 480 del Código Penal, que redefine el delito de ciberasedio. La nueva redacción, resultado de un proceso de diálogo con colectivos y expertos, reduce la pena mínima y salvaguarda la libertad de expresión, especialmente la ejercida por periodistas y ciudadanos en el ámbito público.
Uno de los elementos clave de esta reforma es la incorporación de un párrafo que exime de sanción a manifestaciones dirigidas al interés público. En concreto, no serán castigadas las expresiones que busquen fortalecer la democracia, analizar a los órganos del Estado o ejercer la libertad de expresión conforme a la Constitución y los tratados internacionales.
La reforma también ajusta la pena mínima del delito de ciberasedio, reduciéndola de 11 a 6 meses de prisión, aunque mantiene la pena máxima de tres años y las multas que oscilan entre 50 y 300 Unidades de Medida y Actualización (UMAs).
“Esta reforma busca un equilibrio. No se puede permitir el hostigamiento digital, pero tampoco podemos frenar la voz crítica y libre”, expresaron activistas en los foros organizados tras la primera aprobación en junio, la cual fue duramente cuestionada por colectivos de derechos digitales y periodistas debido a su falta de consulta previa.
Como resultado de dichas críticas, el Congreso promovió espacios de diálogo con académicos, especialistas y organizaciones civiles, lo que derivó en una versión más equilibrada del dictamen.
Durante la discusión, la presidenta de la Junta de Gobierno y Coordinación Política del Congreso, Laura Artemisa García Chávez, subrayó que la intención del Congreso fue siempre proteger a la ciudadanía y garantizar espacios digitales seguros. “No hubo cerrazón ni censura. Escuchamos todas las voces para brindar certeza jurídica a las y los poblanos”, afirmó.
La reforma establece que comete ciberasedio quien, mediante el uso de tecnologías de la información, redes sociales, correos electrónicos o cualquier espacio digital, de forma reiterada o sistemática realice actos de vigilancia, hostigamiento, intimidación u ofensa que alteren la vida cotidiana, afecten la privacidad o dañen la integridad física o emocional de otra persona.
El dictamen aclara que la autoridad deberá considerar el contexto de los hechos al valorar el delito, y que este será perseguido a petición de parte, salvo en casos donde la víctima sea menor de edad, tenga alguna discapacidad, o exista una relación de autoridad o subordinación, en cuyo caso se perseguirá de oficio.
Asimismo, si la víctima es niña, niño o adolescente, la pena se incrementará en una tercera parte de la mínima y hasta dos terceras partes de la máxima.
Las manifestaciones que queden excluidas del delito, según el texto aprobado, son aquellas que estén orientadas a satisfacer un interés público, garantizar el desarrollo democrático, realizar escrutinio a instituciones o servidores públicos, y aquellas que se ejerzan en el marco de la libertad de expresión y el periodismo legítimo.
De acuerdo con lo expresado por los legisladores, con esta reforma el Congreso del Estado de Puebla busca avanzar hacia una regulación equilibrada del entorno digital, protegiendo tanto a las víctimas de hostigamiento como a quienes ejercen su derecho a expresarse libremente.



































































Comentarios