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Policías de Severiano de la Rosa imputan alteración del orden público a vecina de Amozoc por grabar retiro de una reja

  • Foto del escritor: Felipe P. Mecinas
    Felipe P. Mecinas
  • hace 2 horas
  • 3 min de lectura

Video en redes sociales evidencia que policías justificaron el arresto asegurando que “entre civiles no se puede grabar” y citan el Artículo 20

Abuso policial en Amozoc
La mujer fue esposada y trasladada a bordo de una patrulla ante el juez calificador.

Amozoc de Mota, Pue. (Quinceminutos.MX).— El Gobierno Municipal de Amozoc, encabezado por Severiano de la Rosa Romero, justificó la detención de una vecina de la colonia Ex Hacienda de Capulac al señalar que incurrió en alteración del orden público, obstrucción del libre tránsito y otras faltas administrativas, luego de que fuera arrestada mientras documentaba con su teléfono celular el retiro de una reja colocada de manera irregular en el acceso a un predio.


La postura oficial surge después de que el caso se viralizara en redes sociales mediante un video grabado por la propia mujer, en el que se observa el momento en que intenta preguntar a una vecina sobre la intervención realizada con apoyo de elementos de la Policía Municipal en la calle Josefa Ortiz de Domínguez Poniente número 32-A.


Segundos después, la mujer es esposada y obligada a subir a una patrulla. Antes de ser asegurada entrega su teléfono celular a otra persona, quien continúa grabando el procedimiento y los cuestionamientos de vecinos hacia los uniformados.


En la grabación con duración de escasos 2 minutos con 21 segundos, se escucha que los policías sostienen que la detención obedece a que "entre civiles no se puede grabar", además de señalar que la mujer iba "vestida de civil" y hacer referencia a un supuesto "Artículo 20", sin explicar el contenido de dicho precepto.



Ayuntamiento cambia la justificación de la detención


Sin embargo, el comunicado difundido posteriormente por el Ayuntamiento presenta una versión distinta de los hechos.


La administración municipal informó que la intervención policial derivó de un reporte ciudadano recibido a través del Centro de Control y Comando (C2), mediante el cual vecinos denunciaron el presunto cierre irregular de una vialidad que impedía el acceso a sus domicilios.


Según el gobierno municipal, al arribar al lugar los oficiales encontraron a varias personas involucradas en el conflicto y una mujer fue señalada por habitantes de la zona de impedir el paso, mantener una conducta agresiva y grabar de manera insistente tanto a ciudadanos como a policías, situación que —afirma la autoridad— generó tensión entre los presentes.


El Ayuntamiento sostuvo que los elementos actuaron conforme a derecho para evitar que el conflicto escalara y que, tras informarle las faltas administrativas en las que presuntamente incurría y ante su actitud renuente, fue asegurada y trasladada ante el Juez Calificador.


De acuerdo con el comunicado oficial, la mujer fue puesta a disposición de la autoridad administrativa por presuntas infracciones al Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Amozoc, relacionadas con la alteración del orden público, la obstrucción del libre tránsito y otras faltas administrativas.


Asimismo, la administración de Severiano de la Rosa Romero aseguró que durante todo el procedimiento se respetaron sus derechos humanos, recibió valoración prehospitalaria y posteriormente fue liberada tras concluir el procedimiento administrativo correspondiente.


El Artículo 20 citado por policías no habla de grabaciones


Uno de los aspectos que más llamó la atención del caso fue la referencia realizada por los propios policías a un supuesto Artículo 20, utilizado para impedir que la ciudadana continuara grabando.


No obstante, una revisión del Bando de Policía y Gobierno del Municipio de Amozoc muestra que dicho artículo pertenece al capítulo de Derechos Humanos e Igualdad de Género y establece únicamente que el Ayuntamiento deberá adoptar estrategias, campañas y acciones preventivas para proteger los derechos humanos, promover la igualdad entre mujeres y hombres y erradicar prácticas discriminatorias.

Artículo 20 "El Honorable Ayuntamiento adoptará las medidas estrategias y acciones preventivas que protejan los derechos humanos, basadas en campañas y actividades de información objetiva, concientización y sensibilización sobre el problema de la violencia de género, y acciones tendientes a disminuir la desigualdad entre mujeres y hombres, así como erradicar las prácticas discriminatorias en cualquiera de sus modalidades".

El contenido del artículo no hace referencia a la prohibición de grabar entre particulares, como afirmaron los elementos durante el procedimiento documentado en video.


Vecinos cuestionan abusos de autoridad


La difusión de las imágenes abrió el debate en el municipio de Amozoc, sobre los abusos cometidos por los lementos de la Policía Municipal, ante la falta de capacitación, así como el desconocimiento de los alcances de la actuación policial y el derecho de los ciudadanos a documentar procedimientos de interés público.


Hasta el momento, el Ayuntamiento mantiene la postura de que la detención obedeció exclusivamente a presuntas faltas administrativas, mientras que vecinos sostienen que la mujer fue arrestada solo por grabar y cuestionar la actuación de los policías durante el retiro de la reja.

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